Primera. Objeto
Constituye el objeto de estas bases aprobar y regular la convocatoria por la que se rigen las solicitudes de participación en los Premios Turismo Sostenible Provincia de Pontevedra.
La participación y la concesión de los premios se efectuarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Segunda. Finalidad
Estos premios pretenden contribuir al desarrollo del turismo sostenible de la provincia de Pontevedra y reconocer las tres mejores propuestas para concienciar de que un turismo sostenible es posible.
Asimismo, ayudan a impulsar modelos sostenibles en el sector identificando entidades y profesionales que transformen y contribuyan a mejorar la oferta turística en la provincia. Además, los Premios Turismo Sostenible dan respuesta a las inquietudes de las y los turistas responsables y conciencian a las y los viajeros sobre el potencial de cambio e inclusión que supone hacer turismo de manera sostenible.
De esta forma, con estos premios se pretende lo siguiente:
• Reconocer las actuaciones de sostenibilidad destacables de las empresas y las entidades de la provincia de Pontevedra, su contribución al desarrollo social y económico, y al bienestar, a la educación y a la cultura de la sociedad
• Distinguir las mejores actuaciones ligadas a la sostenibilidad
• Sensibilizar al sector turístico y a las y los visitantes de la necesidad de las actuaciones sostenibles para así animar a perseverar en ellas y para que sirvan de modelo y de ejemplo
• Concienciar a las empresas, las entidades y las personas de la importancia de incidir en un cambio de actitudes sociales dirigido a buscar una mayor cohesión social y territorial
• Identificar actitudes y acciones que pueden servir de ejemplo para el resto de empresas
• Premiar a aquellas empresas y entidades vinculadas al mundo del turismo que estén realizando buenas prácticas en este ámbito
Tercera. Naturaleza de los premios, reconocimiento y uso de la imagen vinculada a estos
La Diputación de Pontevedra y el Servicio de Turismo Rías Baixas, mediante la convocatoria de la primera edición de los Premios Turismo Sostenible Provincia de Pontevedra, otorgarán tres reconocimientos públicos.
Los premios tienen carácter honorífico y su otorgamiento contribuirá al reconocimiento social y profesional de la persona o entidad galardonada en el sector turístico, por lo que, en consecuencia, carecen de dotación económica.
Estos reconocen el trabajo y el esfuerzo realizados en el período que abarca del 1 enero de 2019 al 31 de noviembre de 2022 en favor del turismo sostenible. Está dirigido a profesionales, personas autónomas y entidades, tanto públicas como privadas, del sector turístico de la provincia de Pontevedra.
Se concederán tres premios con una única categoría de Premio Turismo Sostenible Provincia de Pontevedra:
• Primer premio
• Segundo premio
• Tercer premio
Estos se entregarán de forma pública en el marco de los actos organizados por la Diputación de Pontevedra el día de la gala de entrega de los distintivos SICTED (Sistema integral de calidad turística española en destinos de la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno de España). Se concederá un diploma acreditativo, por parte de la Diputación de Pontevedra, a las y los premiados en la primera edición de los Premios Turismo Sostenible Provincia de Pontevedra.
La obtención del premio habilita a la persona premiada a usar la imagen de este mediante publicidad de esa condición en cabeceras, anuncios y memorias, así como en cualquier otro soporte de comunicación en línea y fuera de línea, en los mensajes de correo electrónico, en las redes sociales o en páginas web propias. Se deberá especificar la modalidad del premio obtenido y también el año de su concesión. A los efectos de lo recogido en este párrafo, Turismo Rías Baixas facilitará a las personas premiadas la imagen de los premios en formato digital y el manual de uso de esta.
La Diputación de Pontevedra dará difusión a las entidades premiadas a través del portal web Turismo Rías Baixas, donde se habilitará un espacio para reconocer y difundir las actuaciones premiadas cada año.
Cuarta. Ámbito subjetivo
Podrán presentar solicitudes para participar en este procedimiento todas las personas jurídicas o empresarias y empresarios individuales que sean titulares o presten servicios turísticos, con sede social en la provincia de Pontevedra o que, como mínimo, realicen parte de su actividad en ella.
Las personas solicitantes deberán prestar servicios en alguna de las siguientes categorías:
1. Agencias de viajes
2. Albergues
3. Alojamientos rurales
4. Alquiler de vehículos y embarcaciones
5. Aparcamientos turísticos
6. Artesanía
7. Atraques de cruceros y ferris
8. Bares y cafeterías
9. Bodegas
10. Campins y áreas de autocaravanas
11. Campos de golf y campos de pitch and putt
12. Comercios
13. Convention bureau
14. Escuelas de español para personas extranjeras
15. Espacios para turismo de reuniones
16. Espacios protegidos
17. Experiencias y talleres turísticos
18. Guías de turismo
19. Hoteles y apartamentos turísticos
20. Museos y centros de interés turístico visitables
21. Oficinas de información turística
22. OPC
23. Parques de ocio
24. Playas
25. Puertos deportivos
26. Restaurantes y empresas turísticas de cáterin
27. Seguridad ciudadana
28. Taxis
29. Transporte turístico
30. Turismo activo
31. Turismo de bienestar
32. Turismo industrial
33. Viviendas de uso turístico
El período temporal en el que se enmarcarán los proyectos o las prácticas que se van a presentar abarca desde el 1 de enero de 2019 al 31 de octubre de 2022, por lo que las evidencias documentales (como, por ejemplo, facturas, certificados, etc.) deben estar datadas en ese período.
Quinta. Lugar y forma de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la
Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal), de acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2, 14.3 y 16 de la LPACAP.
Para la presentación de las solicitudes la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra admite los certificados electrónicos del sistema Cl@ve, que contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas (sistemas de usuario y contraseña) y certificados electrónicos (incluido el DNIe).
Solo se admitirá una única solicitud por cada entidad solicitante.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO).
Séptima. Comprobación de datos
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los documentos elaborados por las administraciones públicas que se detallan a continuación:
- NIF de la persona solicitante
- DNI o NIE de la persona representante de la entidad solicitante
- Domicilio fiscal de la entidad solicitante
- Certificación de alta en el censo de empresarios y profesionales, en su caso
- Certificación de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Hacienda autonómica de Galicia (ATRIGA), la Diputación de Pontevedra y la Seguridad Social
Si las personas interesadas se opusiesen a dichas consultas, deberán indicarlo en el cuadro habilitado en el formulario de inicio y entregar los documentos correspondientes.
En el supuesto de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, antes de formular la propuesta de resolución.
Octava. Documentación
Las entidades deberán aportar la solicitud de participación, disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal), en la que deberán completar la información relativa a la actividad que realizan, así como la descripción de los proyectos en materia de sostenibilidad desarrollados.
En caso de que la persona solicitante sea una Administración pública prestadora del servicio, deberá entregar un documento de la persona titular de la secretaría o del órgano competente en el que se certifique la titularidad del servicio.
Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de la información facilitada. Excepcionalmente, la Diputación de Pontevedra podrá requerir información o documentación adicional con el objeto de comprobar la información facilitada.
Novena. Solicitudes y trámites administrativos posteriores a su presentación y subsanación de estas
Si la solicitud no reuniese los datos exigidos en la convocatoria o cualquiera de los previstos en el artículo 66 de la LPACAP, se requerirá a la persona interesada, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de esta ley, que, en un plazo de diez (10) días hábiles, subsane las faltas o presente los documentos preceptivos, y se le indicará que, si no lo hace, se tendrá por desistida su solicitud, que se archivará sin más trámites.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento se harán por medios electrónicos a través del modelo “2887054 Trámites administrativos genéricos distintos de la solicitud”, disponible en https://sede.depo.gal.
La Sede electrónica tiene disponibles una serie de modelos genéricos que las personas interesadas pueden utilizar para realizar las gestiones más habituales durante la tramitación administrativa (representación, subsanación de la solicitud, alegaciones, renuncia o recursos, entre otros). Estos modelos son comunes para los distintos procedimientos y podrán emplearse siempre que la normativa reguladora del procedimiento concreto para el cual se vayan a utilizar no establezca otros modelos específicos. Los modelos genéricos podrán descargarse para anexarlos a una solicitud o para realizar trámites sobre otros expedientes y presentarlos electrónica o presencialmente según la normativa reguladora del procedimiento del que se trate. En el formulario deberá indicarse, en su caso, el procedimiento para el cual se está realizando el trámite. Los modelos están disponibles en:
https://sede.depo.gal/web/public/dynamic/catalogo/tramitesxenericos.
Décima. Notificaciones
Las notificaciones de resoluciones y otros actos administrativos se practicarán solo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las notificaciones se practicarán a través de la Carpeta Ciudadana y de Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Ambos sistemas son accesibles desde la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal).
Las notificaciones se entenderán practicadas en el momento en el que se acceda a su contenido, y rechazadas cuando hayan transcurrido diez (10) días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a este.
El sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo electrónico indicada en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación se considere plenamente válida.
Decimoprimera. Valoración de las solicitudes
La valoración de las candidaturas presentadas se realizará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, en el que se tendrá en cuenta que estas contribuyen a hacer del turismo un catalizador de cambio positivo en los ámbitos de la sostenibilidad.
Los criterios de valoración son los siguientes (la puntuación máxima será de 100 puntos):
1. Economía circular y crecimiento económico sostenible (hasta 10 puntos)
a. Puesta en marcha de 1 acción relacionada con la economía circular: 2 puntos
b. Puesta en marcha de 2 acciones relacionadas con la economía circular: 4 puntos
c. Puesta en marcha de 3 acciones relacionadas con la economía circular: 6 puntos
d. Puesta en marcha de 4 acciones relacionadas con la economía circular: 8 puntos
e. Puesta en marcha de 5 acciones relacionadas con la economía circular: 10 puntos
2. Fomento de la movilidad sostenible (hasta 10 puntos)
a. Puesta en marcha de 1 acción relacionada con la movilidad sostenible: 2,5 puntos
b. Puesta en marcha de 2 acciones relacionadas con la movilidad sostenible: 5 puntos
c. Puesta en marcha de 3 acciones relacionadas con la movilidad sostenible: 7,5 puntos
d. Puesta en marcha de 4 acciones relacionadas con la movilidad sostenible: 10 puntos
3. Alineamiento de la candidatura presentada con los ODS. Entre ellos: fomentar el turismo responsable y respetuoso con el destino entre turistas, empleadas y empleados, proveedoras y proveedores o la comunidad local; por ejemplo, mediante la difusión de códigos de conductas o la realización de acciones de sensibilización, entre otros (hasta 10 puntos)
a. Alineamiento con 1 ODS: 2 puntos
b. Alineamiento con 2 ODS: 4 puntos
c. Alineamiento con 3 ODS: 6 puntos
d. Alineamiento con 4 ODS: 8 puntos
e. Alineamiento con 5 ODS: 10 puntos
4. Sobre la ejecución y los resultados de los proyectos sostenibles realizados, se deberán indicar las mejoras obtenidas tras la implantación y cuantificarlas en la medida de lo posible; entre ellas: la existencia de más de cinco buenas prácticas ambientales definidas y documentadas, conocidas por todas y todos los trabajadores y aplicadas con carácter general (hasta 10 puntos)
a. 1 mejora obtenida y su cuantificación: 2 puntos
b. 2 mejoras obtenidas y su cuantificación: 4 puntos
c. 3 mejoras obtenidas y su cuantificación: 6 puntos
d. 4 mejoras obtenidas y su cuantificación: 8 puntos
e. 5 mejoras obtenidas y su cuantificación: 10 puntos
5. Carácter innovador de la entidad (hasta 5 puntos)
a. 1 acción de innovación implantada: 1,5 puntos
b. 2 acciones de innovación implantas: 3 puntos
c. 3 acciones de innovación implantadas: 5 puntos
6. Acciones de comunicación llevadas a cabo para fomentar el turismo sostenible y responsable entre turistas, empleadas y empleados, proveedoras y proveedores o la comunidad local; entre ellas: disponer de un sistema de información y sensibilización dirigido a las y los clientes o turistas sobre las buenas prácticas de sostenibilidad de la entidad en el que se les solicite su colaboración para aplicar estas buenas prácticas siempre que sea posible; disponer de un sistema de información y sensibilización para las y los clientes o turistas sobre buenas prácticas de sostenibilidad por parte de estos durante su estancia en el destino; el uso de criterios medioambientales en las compras (por ejemplo, usar productos químicos con etiqueta verde o biodegradables, primar la compra de envases de cristal, cartón o materiales reciclables, o realizar compras a proveedoras y proveedores locales); o informar a la o al cliente o turista sobre las buenas prácticas ambientales que pone en práctica; en la medida en que sea viable, esta información estará en un lugar visible: en paneles, folletos, carpetas, en la página web o en las redes sociales (hasta 5 puntos)
a. 1 acción de comunicación llevada a cabo: 1,5 puntos
b. 2 acciones de comunicación llevadas a cabo: 3 puntos
c. 3 acciones de comunicación llevadas a cabo: 5 puntos
7. Formación en materia de sostenibilidad. Por ejemplo: la participación en campañas de formación e información en materia de sostenibilidad, entre otros (hasta 10 puntos)
a. 1 acción de formación: 2 puntos
b. 2 acciones de formación: 4 puntos
c. 3 acciones de formación: 6 puntos
d. 4 acciones de formación: 8 puntos
e. 5 acciones de formación: 10 puntos
8. Colaboración o participación en actividades o proyectos que se organicen a nivel local, provincial o autonómico en materia de sostenibilidad por parte de la Administración pública o de entidades público-privadas (hasta 10 puntos)
a. 1 colaboración o participación: 2 puntos
b. 2 colaboraciones o participaciones: 4 puntos
c. 3 colaboraciones o participaciones: 6 puntos
d. 4 colaboraciones o participaciones: 8 puntos
e. 5 colaboraciones o participaciones: 10 puntos
9. Empleo y fomento de recursos locales en la oferta de productos y servicios. Por ejemplo: el uso de recursos locales en la oferta de productos y servicios contando con proveedoras y proveedores locales o la demostración de que se fomenta el comercio y/o la artesanía local informando a las y los clientes sobre la oferta existente en el destino, entre otros (hasta 10 puntos)
a. 1 acción de empleo y fomento de recursos locales en la oferta de productos y servicios: 2 puntos
b. 2 acciones de empleo y fomento de recursos locales en la oferta de productos y servicios: 4 puntos
c. 3 acciones de empleo y fomento de recursos locales en la oferta de productos y servicios: 6 puntos
d. 4 acciones de empleo y fomento de recursos locales en la oferta de productos y servicios: 8 puntos
e. 5 acciones de empleo y fomento de recursos locales en la oferta de productos y servicios: 10 puntos
10. Sistema de ahorro o mejora eficiente (agua, energía, gestión de residuos) con los que cuenta la entidad turística. Por ejemplo: disponer de sistemas de energía renovable en las instalaciones o contratar empresas suministradoras de energía generada por energías renovables; haber puesto en práctica medidas de mejora de la eficiencia energética o de mejora del uso de recursos hídricos; contar con algún sistema de control de consumo de agua y energía con un registro de datos e indicadores de seguimiento; tener instalados dispositivos de ahorro o mejora eficiente de agua o energía; disponer de un sistema de clasificación, separación, segregación y reciclaje de residuos adecuado para fomentar esta buena práctica entre las y los turistas; haber establecido indicadores relacionados con su comportamiento ambiental (por ejemplo, indicadores de consumos de agua, electricidad, gas, etc., de generación de residuos); o identificar los principales impactos ambientales cuantificándolos, valorándolos y estableciendo medidas para minimizarlos, entre otros (hasta 10 puntos)
a. 1 sistema de ahorro o mejora eficiente (agua, energía, gestión de residuos): 2 puntos
b. 2 sistemas de ahorro o mejora eficientes (agua, energía, gestión de residuos): 4 puntos
c. 3 sistemas de ahorro o mejora eficientes (agua, energía, gestión de residuos): 6 puntos
d. 4 sistemas de ahorro o mejora eficientes (agua, energía, gestión de residuos): 8 puntos
e. 5 sistemas de ahorro o mejora eficientes (agua, energía, gestión de residuos): 10 puntos
11. Disponer de un certificado o distintivo en materia ambiental o de sostenibilidad en vigor. Por ejemplo: ISO 14001, Carta de Turismo Sostenible, distintivo S, etc. (hasta 10 puntos)
a. 1 certificado o distintivo en vigor: 2,5 puntos
b. 2 certificados o distintivos en vigor: 5 puntos
c. 3 certificados o distintivos en vigor: 7,5 puntos
d. 4 certificados o distintivos en vigor: 10 puntos
La Comisión de Valoración emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
En caso de empate, tendrán preferencia las solicitudes que hubiesen consiguiesen mayor puntuación en los siguientes apartados anteriores:
3. Alineamiento con los ODS de la candidatura presentada.
10. Sistema de ahorro o mejora eficiente (agua, energía, gestión de residuos) con los que cuenta la entidad turística.
En caso de persistir, se procederá al desempate mediante sorteo.
Decimosegunda. Instrucción y resolución del procedimiento
La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Turismo, el cual realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. Las actividades de instrucción comprenderán:
a) Solicitar cuantos informes estime necesarios o los que exijan las normas que regulan la subvención para resolver
b) Evaluar las solicitudes o peticiones, según los criterios de valoración
Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación que se efectuó.
La Comisión de Valoración es un órgano colegiado compuesto por los siguientes miembros:
Presidencia La diputada delegada en materia de Turismo
Vocalía 4 técnicas o técnicos de Turismo
Secretaría La jefa del Servicio de Turismo
La resolución del procedimiento corresponde a la Presidencia de la Diputación de Pontevedra. El plazo máximo para resolver y notificar a las personas interesadas la resolución del procedimiento es de tres (3) meses, contados desde que se publique esta convocatoria. Transcurrido este plazo sin notificar la resolución a las personas interesadas, se entenderá desestimada la solicitud de concesión de la subvención por silencio administrativo.
La resolución se anunciará durante la gala de turismo que organice la Diputación de Pontevedra en el año 2023. Esta se publicará en el BOPPO después del evento y tendrá efectos de notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la LPACAP.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 124 de la LPACAP; o bien, directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pontevedra, en el plazo de dos (2) meses, establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo eso sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen conveniente.
Decimotercera. Derechos de las personas premiadas
La obtención del premio habilita a la persona premiada a usar la imagen de este mediante publicidad de esa condición en cabeceras, anuncios y memorias, así como en cualquier otro soporte de comunicación en línea o fuera de línea, en los mensajes de correo electrónico, en las redes sociales o en páginas web propias. Se deberá especificar la modalidad del premio obtenido y el año de su concesión. A los efectos del recogido en este párrafo, Turismo Rías Baixas facilitará a las personas premiadas la imagen de los premios en formato digital y el manual de uso de esta. De este modo, las personas premiadas:
• Emplearán la imagen del premio según lo indicado en el manual de uso de esta
• Podrán publicar dicha condición en los medios que estimen oportunos, con la garantía de que usarán de forma adecuada la imagen del premio; de lo contrario, se responsabilizarán de los daños y las pérdidas que ocasionen a la Diputación de Pontevedra
Decimocuarta. Publicidad
Estas bases reguladoras y la resolución del procedimiento se publicarán en el BOPPO y en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal).
Decimoquinta. Protección de datos
Los datos personales obtenidos en este procedimiento serán objeto de tratamiento por la Diputación de Pontevedra, en calidad de órgano responsable, con la finalidad de gestionar este procedimiento, verificar los datos y los documentos que la persona interesada declare en su solicitud para comprobar su exactitud y llevar a cabo todas las actuaciones administrativas que, en su caso, se deriven.
La legitimación para el tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una tarea de interés público o en el ejercicio de poderes públicos según las normas de rango legal recogidas en el apartado “normativa aplicable” disponible en la ficha de procedimiento en https://sede.depo.gal.
Los datos personales obtenidos en este procedimiento serán objeto de comunicación a las administraciones públicas en el ejercicio de sus propias competencias o cuando sea necesario para que la ciudadanía pueda acceder de forma integral a la información relativa a una materia.
Antes y durante el evento, la Diputación de Pontevedra tomará fotografías y grabará imágenes. Sus datos y sus imágenes se publicarán y utilizarán durante el desarrollo del evento y en comunicaciones posteriores, a través de la página web de Turismo Rías Baixas y de otros medios digitales.
Esta información puede facilitarse a entidades colaboradoras y patrocinadoras a consecuencia de la gestión operativa de los premios.
Los servicios turísticos premiados dan su consentimiento automáticamente, al aceptar el premio, para que Turismo Rías Baixas y sus colaboradoras y colaboradores usen su imagen personal y corporativa, junto con su nombre completo, en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación o en otro medio de difusión, de la naturaleza que sea, con fines comerciales, informativos o promocionales, siempre que exista relación con los Premios Turismo Sostenible Provincia de Pontevedra.
Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, ejercer otros derechos o revocar el consentimiento según lo previsto en https://depo.gal/proteccion-de-datos/exercicio-de-dereitos.